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	<title>CiiDH en Guatemala &#8211; CiiDH</title>
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	<description>Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos</description>
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	<title>CiiDH en Guatemala &#8211; CiiDH</title>
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		<title>El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I</title>
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		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Jul 2025 14:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i-2/#more-1774" aria-label="Leer más sobre El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Yonni Aguilar  – observatoriociidh@gmail.com</p>
<p>Imagina tener una herramienta que te permite exponer irregularidades al instante, llegar a miles de personas en cuestión de segundos y exigir rendición de cuentas. Para las juventudes en Guatemala, las redes sociales se han convertido en esa poderosa arma contra la corrupción judicial. Publicaciones en X (antes Twitter), videos en TikTok, hilos en Facebook e historias en Instagram no solo documentan actos de impunidad, sino que también nombran a jueces o magistrados cuestionados y movilizan a la opinión pública.</p>
<p>Sin embargo, este activismo digital tiene una cara oscura y peligrosa: el creciente riesgo de criminalización, ahora exploramos como es que las juventudes guatemaltecas utilizan las plataformas digitales para desafiar la corrupción en el sistema de justicia, y por qué sus voces se enfrentan cada vez más a represalias legales injustas, un fenómeno que refleja la tensión entre el derecho a la libre expresión y la resistencia de estructuras de poder opacas.</p>
<p>Estos espacios digitales se han convertido en el nuevo campo de batalla en donde la frustración ante la lentitud de los canales formales y la percepción de captura de instituciones clave ha llevado a una generación digitalmente conectada a tomar las redes sociales como una trinchera de lucha. No se trata solo de compartir noticias; es documentación en tiempo real, creación de narrativas alternativas y organización colectiva.</p>
<p>Para esto las juventudes utilizan una diversidad de plataformas predominantes las que son utilizadas de forma estratégica con el objetivo de contrarrestar la narrativa de los sectores de poder y estructuras pro-impunidad, como:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>X (Twitter):</strong> Permite conectar con periodistas y organizaciones internacionales, es el epicentro para denuncias concretas, hilos explicativos, señalamientos a funcionarios y coordinación rápida usando hashtags como #JusticiaGT o #CorrupciónJudicial. El uso de X es más de uso o incidencia política.</li>
<li><strong>TikTok e Instagram Reels:</strong> Utilizan formatos cortos de video para explicar casos complejos de corrupción judicial de forma creativa (infografías animadas, testimonios con filtros que protegen la identidad), logrando <strong>viralizar temas</strong> que los medios tradicionales podrían ignorar.</li>
<li><strong>Facebook:</strong> Grupos cerrados y páginas públicas funcionan como archivos de información, espacios de discusión profunda y para compartir documentos escaneados (sentencias cuestionadas, nombramientos sospechosos).</li>
<li><strong>Apps de Mensajería (WhatsApp, Telegram):</strong> Son cruciales para la coordinación segura (aunque no infalible) entre colectivos, alertas rápidas sobre represalias y compartir evidencia sensible antes de hacerla pública.</li>
</ul>
<p>Todas y cada una de ellas busca la creación, ampliación, fortalecimiento y sostenibilidad de redes articuladas en todo el territorio nacional.</p>
<p class="has-text-align-center"><strong>Comparación de Plataformas de Redes Sociales</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="832" height="304" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-6.png" alt="" class="wp-image-4421"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>El uso de esta tecnología tiene un alcance que va más allá de la denuncia si no una serie de acciones o múltiples objetivos clave como:</p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" width="1024" height="432" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3-1024x432.png" alt="" class="wp-image-4427"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>Pero el uso de esta tecnología tiene, en el caso de Guatemala tiene con grandes retos que profundizan las brechas digitales que en nuestro país silencian voces, sin embargo, este <strong><em>activismo digital</em></strong> no es accesible para todas las juventudes guatemaltecas.</p>
<p>Según el Banco Mundial (2023), reportó que solo el 45% de la población rural en Guatemala tiene acceso a internet, y el analfabetismo digital afecta desproporcionadamente a mujeres indígenas, comunidades marginadas y zonas con pobreza extrema.</p>
<p>El portal DataReportal<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/#_ftn1">[1]</a>, indica que a principios de 2025, nuestro país contaba con “<strong>20.4 millones</strong> de conexiones móviles activas, cifra que equivale al <strong>110%</strong> de la población total. Sin embargo, cabe destacar que algunas de estas conexiones podrían incluir únicamente servicios como voz y SMS, y <strong>otras podrían <em>no</em> tener acceso a internet</strong>.”</p>
<p>El informe continúa indicando <em>“Pero estas cifras de usuarios también sugieren que <strong>7,28 millones de</strong> personas en Guatemala <strong>no</strong> usaban internet a principios de 2025, lo que indica que <strong>el 39,2 por ciento</strong> de la población permanecía “<strong>desconectada</strong>” a principios de año.” </em>Esto quiere decir que 4 de cada 10 personas no tiene acceso a internet en Guatemala.</p>
<p>Mientras que en el uso de redes sociales Guatemala inicio el 2025 con “<strong>10,4 millones</strong> de identidades de usuarios activos de redes sociales en Guatemala al mes de enero de 2025. Para poner en perspectiva, esta cifra equivalía al <strong>56,1 por ciento</strong> de la población total de Guatemala a principios de 2025.”</p>
<p><strong>Al respecto de estos 10,4 millones de usuarios “el 43,0 por ciento</strong> de las identidades de usuarios de redes sociales de Guatemala eran <strong>mujeres</strong>, mientras que <strong>el 57,0 por ciento</strong> eran <strong>hombres</strong>.”</p>
<p>Los datos anteriores aunque reflejen un alto uso de internet hay que recordar que 4 de cada 10 personas no tiene acceso, haciendo que estas brechas profundicen las desigualdades en la lucha contra la corrupción judicial provocando que:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Casos locales quedan invisibles:</strong> Corrupción en juzgados o abusos de jueces en comunidades alejadas rara vez se viralizan, pues quienes los sufren carecen de herramientas o habilidades para documentarlos y denunciarlos en redes.</li>
<li><strong>La impunidad busca perpetrarse:</strong> Sin presión ciudadana digital, redes de corrupción operan con menos riesgo en territorios desconectados. Un juez corrupto en Huehuetenango o Alta Verapaz enfrenta menos escrutinio que uno en la ciudad capital.</li>
<li><strong>La narrativa se centraliza:</strong> La conversación sobre independencia judicial la dominan quienes tienen acceso a plataformas, dejando fuera experiencias rurales e indígenas donde la captura del sistema judicial suele ser más cruda y menos documentada.</li>
<li><strong>Doble victimización:</strong> Quienes ya enfrentan barreras para acceder a la justicia formal (costos, distancia, discriminación) tampoco pueden usar canales o medios digitales alternativos. <strong>La corrupción, así, se vuelve un problema de élites o privilegiados</strong>, se debate donde hay conexión, pero persiste impune donde no llega el internet. Esto no solo limita la denuncia; debilita la exigencia colectiva de una justicia verdaderamente independiente para todo el país.</li>
</ul>
<p class="has-text-align-center"><strong>La corrupción judicial prospera en la invisibilidad.</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" width="1024" height="541" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2-1024x541.png" alt="" class="wp-image-4425"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>Y ahora el otro extremo que en los últimos años ha sido una metodología utilizada por esas elites en donde la criminalización digital, es el resultado de cuando denunciar se convierte en delito. El coraje de denunciar choca con una realidad alarmante, el uso indebido del sistema legal para silenciar críticas. Organizaciones como <strong>UDEFEGUA<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/#_ftn2"><strong>[2]</strong></a> </strong>documentan un patrón preocupante en su informe anual más reciente (2023): la judicialización de la protesta social y la expresión crítica, incluyendo la ejercida en línea, es una tendencia al alza.</p>
<p>El informe indica que “En cuanto al tipo de personas defensoras, la búsqueda de acceso a la justicia es la más afectada por agresiones y actos de violencia, dirigidos contra quienes exigen su derecho a la justicia.”</p>
<p><strong>Mecanismos de Persecución Utilizados:</strong></p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Figuras Penales Ambiguas:</strong> Se emplean cargos como «difamación», «calumnia» o «injurias» contra funcionarios públicos, a pesar de que estándares internacionales exigen mayor tolerancia a la crítica hacia quienes ejercen poder.</li>
<li><strong>«Ataques a la Autoridad»:</strong> Una figura legal criticada por su vaguedad, utilizada para criminalizar opiniones o denuncias legítimas sobre actuaciones judiciales.</li>
<li><strong>«Asociación Ilícita» o «Terrorismo»:</strong> En casos extremos (aunque menos frecuentes en el contexto exclusivamente digital hasta ahora), estas figuras graves se han esgrimido contra activistas que se coordinan online, buscando deslegitimar su labor y aplicar penas desproporcionadas.</li>
<li><strong>Ciberacoso o Extorsión:</strong> Acusaciones falsas presentadas por los mismos actores denunciados para victimizarse y criminalizar al denunciante.</li>
</ul>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="637" height="443" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-5.png" alt="" class="wp-image-4420"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p><strong>Lógicamente trae consigo un impacto real y negativo en los jóvenes activistas que genera los siguientes efectos:</strong></p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Autocensura:</strong> El miedo paraliza, llevando a muchos jóvenes a retirar publicaciones o evitar temas críticos.</li>
<li><strong>Desgaste personal y económico:</strong> Defenderse de un proceso legal es costoso, consume tiempo y genera un enorme estrés psicológico.</li>
<li><strong>Daño en su reputación:</strong> La sola apertura de un proceso, aunque sea infundado, estigmatiza al denunciante causando lo que han denominado “Muerte civil”.</li>
<li><strong>Desmovilización:</strong> El mensaje implícito es claro: «Denunciar te puede costar caro».</li>
<li><strong>Exilio Digital o Físico:</strong> Algunos se ven forzados a abandonar plataformas o incluso el país.</li>
</ul>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="709" height="391" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-4.png" alt="" class="wp-image-4419"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>
<p class="has-text-align-left"><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/#_ftnref1">[1]</a> <a href="https://datareportal.com/reports/digital-2025-guatemala#:~:text=Usuarios%20de%20TikTok%20en%20Guatemala,femeninos%E2%80%9D%20y%20%E2%80%9Cmasculinos%E2%80%9D%20">https://datareportal.com/reports/digital-2025-guatemala#:~:text=Usuarios%20de%20TikTok%20en%20Guatemala,femeninos%E2%80%9D%20y%20%E2%80%9Cmasculinos%E2%80%9D%20</a>.</p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/#_ftnref2">[2]</a> Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos Guatemala</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas.</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas-2/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Jul 2025 21:50:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas." class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas-2/#more-1775" aria-label="Leer más sobre Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas.">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Yonni Aguilar – observatoriociidh@gmail.com</p>
<p><strong>¿Qué nos dice sobre la independencia judicial en Guatemala?</strong></p>
<p>Caminar por Santa María Nebaj, San Gaspar Chajul o San Juan Cotzal es recorrer paisajes donde el pasado ha dejado huellas, y que aun grita. Entre los años de 1982 y 1983, estas tierras ixiles fueron escenario de una campaña de exterminio que la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) documentó como genocidio. Hoy, el juicio por esos crímenes no es solo un proceso histórico: es un termómetro que mide la fiebre de la justicia guatemalteca. Cada revés judicial –como la reciente anulación del juicio a Benedicto Lucas García– no es un tecnicismo aislado. Es el reflejo de un sistema cooptado, donde las mismas redes que niegan justicia a las víctimas ixiles garantizan impunidad para la corrupción actual.</p>
<p>Exploraremos los vaivenes del juicio por genocidio ixil como ese espejo roto del Estado de derecho en Guatemala. Los argumentos son que las fuerzas que obstaculizan la justicia para las víctimas del conflicto armado son las que hoy garantizan la impunidad en casos de corrupción y socavan la democracia. De tal cuenta entender este caso es entender la batalla por el futuro del país.</p>
<p>La herida abierta del genocidio durante la dictadura de facto de Efraín Ríos Montt, el Ejército de Guatemala ejecutó operaciones militares que resultaron en la masacre de miles de civiles ixiles, la destrucción de sus aldeas y el desplazamiento forzado de comunidades enteras. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) concluyó que en esta región se cometieron actos de genocidio.</p>
<p>La Grieta en el Muro de la Impunidad, como lo es el histórico fallo contra Efraín Ríos Montt en 2013 (primera condena por genocidio a un exdictador en su propio país) se desplomó diez días después. La Corte de Constitucionalidad (CC), bajo presión de élites económicas y militares, anuló la sentencia. <strong>Esa decisión sentó un precedente nefasto, demostró que los resortes del poder podían torcer la justicia. </strong>Fallo llevo devuelta a las víctimas a un laberinto de incertidumbre judicial, esa anulación no fue un mero tecnicismo; fue una demostración de poder y un presagio de los desafíos venideros.</p>
<p>En tiempos recientes se mantuvo a las víctimas entre la Esperanza y la Cooptación, ha sido visto como el capítulo más reciente de esta saga, el juicio contra el exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Manuel Benedicto Lucas García, es un microcosmos de esta lucha. A finales de 2023, las víctimas y sus abogados presentaron pruebas abrumadoras: testimonios de violencia sexual como arma de guerra, relatos de desapariciones forzadas y peritajes sobre planes militares.</p>
<p>Pero, una vez más, la estructura de la impunidad se activó. En enero de 2025, una sala de apelaciones anuló partes cruciales del proceso, alegando errores de procedimiento. Para los sobrevivientes, esta decisión fue una dolorosa revictimización y una prueba más de que «el sistema de justicia está cooptado por los mismos poderes que nos quisieron exterminar» expresan las víctimas. Este vaivén judicial no ocurre en el vacío, se da en un contexto donde los procesos de elección de magistrados (Comisiones de Postulación) son un campo de batalla donde redes político-económicas buscan asegurar que jueces y magistrados respondan a sus intereses y no a la Constitución.</p>
<p>Hoy por hoy, el juicio contra Manuel Benedicto Lucas García (exjefe del Estado Mayor) repite el patrón:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li>En noviembre de 2024, la fiscalía presentó pruebas irrefutables: testimonios de <strong>violencia sexual como arma de guerra</strong>, planes militares de exterminio y peritajes forenses, solicitando <strong>2,800 años de prisión</strong>.</li>
<li>En enero de 2025, una sala de apelaciones anuló partes clave del proceso. Según Abogados Sin Fronteras Canadá <a href="https://asfcanada.ca/wp-content/uploads/2025/02/Analisis-juridico-anulacion-caso-genocidio_ASFC_corr.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ASFC (2025)</a>, el 80% de estas anulaciones en casos de genocidio se basan en «vicios procesales» (notificaciones tardías, formalismos), ignorando pruebas de fondo.</li>
</ul>
<p>Estos reveses no son errores, son la expresión de un racismo sistémico que pervive en salas tribunalicias.</p>
<p class="has-text-align-center"><strong>Dos caras de un mismo sistema corrupto:</strong></p>
<figure class="wp-block-table is-style-stripes">
<table class="has-base-3-background-color has-background has-fixed-layout">
<thead>
<tr>
<td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Víctimas de Genocidio</strong></td>
<td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Defensores Indígenas</strong></td>
</tr>
</thead>
<tbody>
<tr>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Testimonios desechados por «falta de rigor»</td>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Criminalizados por «usurpación» o «terrorismo» en juicios exprés</td>
</tr>
<tr>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Intérpretes inexistentes o no capacitados</td>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Leyes anti-protesta aplicadas selectivamente</td>
</tr>
<tr>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Recursos de amparo usados por la defensa para dilatar procesos</td>
<td class="has-text-align-center" data-align="center">Persecución penal contra líderes ambientales</td>
</tr>
</tbody>
</table>
</figure>
<p>Sería un error analizar estos reveses judiciales como simples fallos procesales, como se ha mencionado no son otra cosa más que la manifestación de un racismo judicial sistémico y profundamente arraigado<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/#_ftn1">[1]</a>. El caso ixil no es solo un caso sobre el pasado; es un caso sobre cómo el Estado trata hoy a los pueblos indígenas.</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Invisibilización y barreras:</strong> En el Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH) hemos analizado cómo la falta de intérpretes idóneos, la desvalorización de los testimonios de mujeres indígenas y los prejuicios culturales de los operadores de justicia impiden un acceso real a un juicio justo.</li>
<li><strong>La doble vara de la justicia:</strong> El racismo se manifiesta en una dualidad perversa, ya que mientras los responsables de crímenes de lesa humanidad se benefician de retrasos, amparos y anulaciones, los líderes indígenas que defienden sus tierras y recursos naturales son víctimas de la <strong>«guerra jurídica» (lawfare)</strong>. Se les acusa de «terrorismo», «usurpación agravada» o «asociación ilícita» en procesos acelerados y con escasas garantías, utilizando el derecho penal como herramienta de represión.</li>
</ul>
<p>En este punto la pregunta clave es: ¿cómo puede un sistema ser imparcial si trata a una víctima de genocidio con desdén y a un defensor de derechos humanos como un criminal? La respuesta es que no puede. La discriminación no es una falla del sistema; para ciertos actores, es una función más de su puesto.</p>
<p>Guatemala no está sola en esta lucha, otras naciones ofrecen lecciones valiosas:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Argentina: </strong>Décadas después de la dictadura (1976-1983), la anulación de las leyes de amnistía (Punto Final y Obediencia Debida) en 2003 por el Congreso, y su declaración de inconstitucionalidad por la Corte Suprema en 2005, fueron catalizadoras. La clave fue una alianza entre un poder judicial valiente (con fiscales como Luis Moreno Ocampo y jueces como Sergio Torres), gobiernos comprometidos (Néstor Kirchner) y la presión implacable de organismos de derechos humanos como las Abuelas de Plaza de Mayo. Su lección para Guatemala es clara: la impunidad no es irreversible cuando existe voluntad política real y una sociedad que exige justicia sin claudicar.</li>
<li><strong>Colombia:</strong> <strong> La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)</strong><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/#_ftn1">[2]</a>, creada tras el Acuerdo de Paz de 2016, ofrece un modelo innovador de <strong>justicia transicional que integra enfoques restaurativos</strong>. Bajo el principio de <strong>‘verdad plena a cambio de penas no privativas de libertad’</strong>, quienes reconocen responsabilidades en crímenes de guerra pueden recibir sanciones orientadas a reparar el tejido social, como proyectos de desminado humanitario, construcción de infraestructura comunitaria, restitución de tierras o contribución a la búsqueda de desaparecidos. Aunque cuestionada por su ritmo, <strong>la exclusión de actores económicos del conflicto</strong> y su <strong>aplicación desbalanceada contra exguerrilleros</strong>, su aporte clave es priorizar la voz de las víctimas. <strong>La lección para Guatemala</strong> es que la justicia puede trascender el castigo carcelario mediante <strong>reparación colectiva y garantías de no repetición</strong>, siempre que exista voluntad política para implementarla sin sesgos.</li>
</ul>
<p>La lección para Guatemala es clara, el éxito requiere una combinación de fallos judiciales robustos, voluntad política, participación activa de las víctimas y la creación de mecanismos que aseguren la memoria y la reparación.</p>
<p>Fortalecer la independencia judicial en Guatemala no es una tarea abstracta, sino una agenda de acciones concretas que resultan cruciales y requieren el involucramiento de todos los sectores:</p>
<p class="has-text-align-center"><strong>Fortalecimiento del Sistema de Justicia</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img decoding="async" loading="lazy" width="870" height="827" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1.png" alt="" class="wp-image-4411"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>El juicio por genocidio ixil es mucho más que un caso judicial; es el escenario donde se define la capacidad de Guatemala para confrontar su pasado y construir un futuro democrático. La independencia judicial no es un lujo para abogados o un tema de interés exclusivo para las víctimas del conflicto, es la garantía fundamental de que ningún ciudadano, indígena o no, empresario o campesino, estará a merced del poder arbitrario.</p>
<p>La prueba de fuego para nuestra justicia no será solo emitir una sentencia final en estos casos, sino demostrar que puede resistir las presiones, desmantelar el racismo estructural y devolverle la dignidad a quienes se la arrebataron, pero esta tarea no es solo de los tribunales; es una responsabilidad colectiva que exige nuestra atención, nuestra vigilancia y nuestra acción decidida.</p>
<p class="has-text-align-center has-00-c-4-ce-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-bdaef52f5d71cb583032b9eb87664180"><strong>La justicia, al final, o es para todos, o no es justicia.</strong></p>
<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/#_ftnref1">[1]</a> <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/">https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/#_ftnref1">[2]</a> <a href="https://www.jep.gov.co/JEP/Paginas/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx">https://www.jep.gov.co/JEP/Paginas/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Poblaciones indígenas y el acceso a la justicia: Barreras lingüísticas y racismo judicial</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jun 2025 17:00:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Yonni Aguilar – observatoriociidh@gmail.com</p>
<p>Guatemala es cuna de una rica diversidad cultural y lingüística; según datos del INE<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftn1">[1]</a>se calcula que el 44 %<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftn2">[2]</a> de su población se reconoce como indígena en otras palabras 1 de cada 2 personas en nuestro país es indígena. Este bono demográfico está distribuido en los 340 municipios con un total de 22 idiomas mayas, además del Xinca y Garífuna. Pero a pesar de este enorme capital cultural, los pueblos originarios enfrentan serias barreras para ejercer plenamente su derecho a justicia. Haciendo fundamental el explorar cómo las limitaciones lingüísticas – las cuales se abordarán en este documento más adelante – además del racismo y discriminación<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftn3">[3]</a> estructural dentro del sistema de justicia penal de Guatemala, hacen que la exclusión institucional de las comunidades indígenas tenga un mayor impacto. Pero sin embargo existen propuestas para avanzar hacia un enfoque de justicia intercultural y de derechos colectivos que reconozca las especificidades culturales y lingüísticas de estos pueblos.</p>
<p>El estado de Guatemala ratificó el Convenio 169 el 5 de junio de 1996, y el 4 de marzo de 2010 la Corte de Constitucionalidad<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftn4">[4]</a> determinó que sus disposiciones —incluidos los derechos colectivos y la consulta previa— tienen jerarquía constitucional en el país.</p>
<p>Ahora bien para darnos cuenta del impacto a nivel nacional sobre el componente lingüístico, en el censo del año 2018<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftn5">[5]</a> se registraron 6,207,503 millones de personas como hablantes de idiomas mayas, resaltando el departamento de Alta Verapaz, con un total de 1,129,369 habitantes (18.19%), seguido de Quiché con un total de 846,500 habitantes (13.64%) y Huehuetenango con 760,871 (12.26%).</p>
<p class="has-text-align-center"><strong>Tabla No. 1- </strong><strong>Total de población pueblo Maya por departamento</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="523" height="886" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-1.png" alt="" class="wp-image-4377"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: INE – Censo 2018 – elaboración propia</p>
<p class="has-text-align-center"><strong>Grafica No. 1 – Mapa de población</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="810" height="623" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-2.png" alt="" class="wp-image-4378"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: INE – Censo 2018 – elaboración propia</p>
<p>Ahora bien, dentro de la diversidad de barreras lingüísticas a lo interno del sistema judicial, han existido iniciativas o propuestas desde la institucionalidad publica para cerrar estas brechas, dentro de ellas podemos mencionar que en el año 2019 fue aprobada la Política de Acceso a la Justicia para Pueblos Indígenas (POJAJPI), por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), donde indica que su fin primordial es la “Atención con Pertinencia Cultural”. Derivado de esta política, el Organismo Judicial creó el Sistema Nacional de Intérpretes, constituida por una red de intérpretes que facilitan la comunicación entre personas que hablan diferentes idiomas, especialmente en contextos judiciales y administrativos, garantizando el acceso a la justicia y otros servicios públicos para personas hablantes de idiomas mayas, garífuna, xinca, o con discapacidad auditiva. </p>
<p>La POJAJPI- 2019-2029 describe los principios rectores de la política, tales como: el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, identidad cultural, igualdad y no discriminación, pluralismo jurídico, derecho propio, pertinencia cultural y lingüística. Se organiza en cinco Ejes de trabajo:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li>Reconocimiento</li>
<li>Acceso</li>
<li>Atención con pertinencia cultural</li>
<li>Seguimiento y monitoreo</li>
<li>Rendición de cuentas y participación.</li>
</ul>
<p>Otra unidad creada por el OJ fue la constitución de la Secretaría de Pueblos Indígenas Organismo Judicial, que apoya técnicamente la ejecución de la Política del OJ sobre Pueblos Indígenas, esto según con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia para estos pueblos. Esta política busca asegurar que los pueblos indígenas tengan acceso a un sistema de justicia respetuoso de sus derechos y de su cultura. </p>
<p>Sin embargo, aún existen brechas: en departamentos como Quiché y Totonicapán, las variantes en los idiomas locales impiden que un solo intérprete satisfaga todas las necesidades lingüísticas de las comunidades; en Alta Verapaz e Izabal, la oferta de intérpretes es insuficiente, de modo que muchos juicios se realizan con la traducción literal “aproximada” o directamente en español, lo que limita la comprensión real del proceso por parte de los acusados o testigos indígenas.</p>
<p>Aunado a esto, la infraestructura judicial es escasa en áreas rurales. Muchas comunidades deben viajar largas distancias para llegar al juzgado más cercano, lo que implica gastos de transporte y jornadas enteras fuera de sus hogares. Cuando no hay intérprete disponible, los vecinos se ven obligados a llevar a un familiar que hable español o renunciar a su derecho a testificar en su lengua materna, dejándolos en una posición de vulnerabilidad frente a la autoridad.</p>
<p>Dentro de la diversidad de manifestaciones de racismo judicial se puede hablar como elemento de análisis las acusaciones y el contexto en el que se dan estas, por tomar un caso emblemático que recién sucedió, es el del mes de abril de 2025, fueron arrestados Luis Pacheco y Héctor Chaclán, del colectivo indígena Los 48 Cantones. Fueron acusados por el Ministerio Público de delitos como terrorismo, asociación ilícita, obstrucción a la justicia, sedición y asociación ilícita, supuestamente por su participación en protestas y bloqueos durante las manifestaciones de 2023.</p>
<p>La motivación de las acusaciones y defensa, como lo han indicado organizaciones nacionales e internacionales relacionadas a la defensa de derechos humanos y defensa de activistas, diversas autoridades y asambleas indígenas denunciaron que esta persecución representa una criminalización de la protesta indígena, atentando contra su autonomía.</p>
<p>En este caso y otros se puede identificar un claro patrón de discriminación y práctica judicial, este caso fue el uso político del sistema judicial, que favorece a actores con poder económico o político a costa de líderes indígenas. Se trata de una práctica denunciada por estudios internacionales que advierten sobre el uso indebido de leyes antiterroristas para reprimir protestas pacíficas</p>
<p>Es en este elemento de exclusión institucional y falta de reconocimiento de derechos colectivos que el sistema judicial tradicional reconoce un único marco normativo, pero ignora los sistemas de justicia comunitaria que conviven en las comunidades del interior del país. En departamentos como Quiché y Totonicapán, algunas autoridades municipales indígenas han incorporado prácticas de mediación basadas en normas consuetudinarias para resolver conflictos internos, reconocidos por la Constitución art. 66 y 203 y el Convenio 169 de la OIT reconocen el derecho de los pueblos indígenas a aplicar justicia ancestral, siempre que no contravenga estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.  Sin embargo, si el caso trasciende a delitos tipificados como “graves” (homicidio, violación, violencia intrafamiliar) no pueden ser juzgados por autoridades comunitarias y se reservan exclusivamente al sistema judicial estatal, sin coordinación efectiva con los mecanismos ancestrales.</p>
<p>Esto ha generado algunas tensiones en las comunidades indígenas que sostienen que sus normas ancestrales priorizan sanciones reparadoras (restitución de tierras, ceremonias, reparación del daño) y fomentan la reintegración comunitaria, en lugar del sistema punitivo del Estado.</p>
<p>Este modelo de justicia, efectivo en conflictos menores, no se articula adecuadamente con el Estado cuando ocurren delitos graves, lo que provoca tensiones, sensación de desconexión y deslegitimación comunitaria, ya que se da por sentado que solo la penalización estatal responde a su proceder.</p>
<p>Lo anterior solo ha generado desconfianza en el sistema estatal ha fortalecido los mecanismos de justicia comunitaria, pero al mismo tiempo profundiza la exclusión, pues quienes recurren a sus propios sistemas carecen de reconocimiento legal pleno y quedan al margen de procesos penales formales. La falta de articulación provoca que delitos graves —como despojo de tierras, violencia de género y extracción ilegal de recursos— queden impunes o se resuelvan de maneras que no satisfacen los estándares internacionales de derechos humanos.</p>
<p>Se podrían detallar muchas propuestas de enfoque de derechos colectivos e iniciativas de justicia intercultural que permitan fortalecer e institucionalizar el Sistema Nacional de Intérpretes y traductores, se debe iniciar por el reconocimiento legal de la jurisdicción comunitaria. así como la creación de juzgados móviles interculturales que permitan el acceso pronto y justo a las comunidades alejadas del país. E implementar una fuerte campaña de sensibilización y capacitación a jueces y fiscales, por medio de programas continuos de formación en derechos indígenas, diversidad cultural y estándares internacionales.</p>
<p>El promover la participación ciudadana y veedurías o auditoria social comunitaria a organizaciones de la sociedad civil, juntas de acción comunal y asociaciones de abogados mayas pueden integrar comités de vigilancia que acompañen audiencias y den fe pública de la correcta traducción y trato digno.</p>
<p>Pero no bastan propuestas de fortalecimiento, que tienen el objetivo de garantizar una justicia equitativa, capaz de reconocer el idioma, cultura y cosmovisión de las comunidades indígenas. La mirada colectiva, al considerar la reparación del tejido social y no solo la sanción individual, puede transformar gradualmente un sistema marcado por la exclusión. Sino que deben de tener un fuerte componente de voluntad política para su realización.</p>
<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftnref1">[1]</a> Instituto Nacional de Estadistica</p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftnref2">[2]</a> <a href="https://censo2018.ine.gob.gt/graficas">https://censo2018.ine.gob.gt/graficas</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftnref3">[3]</a> El <strong>racismo </strong>se basa en la creencia de la superioridad de un grupo étnico sobre otro, lo que a menudo conduce a la discriminación, la exclusión y la persecución. La <strong>discriminación</strong>, implica la desigualdad de trato o el trato desfavorable hacia una persona o grupo debido a características específicas como la raza, el origen étnico, la religión, el sexo, la orientación sexual, la discapacidad, entre otros. </p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftnref4">[4]</a> Sentencia 2009-1551: reconoció la jerarquía constitucional del Convenio 169, estableciendo que sus disposiciones tienen rango constitucional y deben ser aplicadas en Guatemala.<br />Esta sentencia enfatizó la protección de los derechos de los pueblos indígenas y el respeto a su identidad cultural, tierras, y participación en asuntos que les afectan.</p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#_ftnref5">[5]</a> <a href="https://censo2018.ine.gob.gt/graficas">https://censo2018.ine.gob.gt/graficas</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 May 2025 21:12:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#more-1771" aria-label="Leer más sobre Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Yonni Aguilar – observatoriociidh@gmail.com</p>
<p>En Guatemala, donde el sistema de justicia enfrenta constantes presiones políticas, retrocesos democráticos y ataques sistemáticos contra operadores judiciales independientes, la defensa de la independencia judicial se ha convertido en una causa urgente. En este contexto adverso, una nueva generación de actores está emergiendo con fuerza: jóvenes abogados, estudiantes de derecho y colectivos ciudadanos comprometidos que no solo denuncian los abusos, sino que también proponen soluciones, observan, auditan y acompañan procesos judiciales de alto interés público. Colectivos organizados en la ciudad capital y organizaciones juveniles del interior del país están demostrando que la juventud vinculada a la problemática social y principalmente en el sector justicia, no es indiferente. Muy por el contrario, se posicionan como una generación clave para revitalizar la lucha por un sistema judicial independiente, imparcial y verdaderamente al servicio de la ciudadanía.</p>
<pre class="wp-block-verse has-text-align-center has-contrast-color has-00-c-4-ce-background-color has-text-color has-background has-link-color wp-elements-f6a0c36dc0666084fbe26c209c62e4f6"><strong>La independencia judicial en Guatemala no es únicamente un principio constitucional; es también una trinchera de resistencia democrática</strong>.</pre>
<p>En los últimos años, diversas voces nacionales e internacionales han denunciado la creciente captura del sistema de justicia por redes político-económicas ilegales, manifestada en la persecución de jueces independientes, fiscales anticorrupción y defensores de derechos humanos. Frente a este panorama sombrío, las juventudes organizadas han decidido no permanecer al margen. Agrupadas en colectivos, redes universitarias y grupos territoriales, estas nuevas generaciones están asumiendo un rol protagónico en la defensa del Estado de derecho, empleando herramientas como la auditoría social ciudadana, el litigio estratégico, las campañas de comunicación y el monitoreo constante del sistema judicial. Este espacio analizamos su papel en el fortalecimiento democrático y los múltiples desafíos que enfrentan en un entorno marcado por la conflictividad institucional y la represión.</p>
<p>La independencia judicial es un valor en disputa, principio fundamental del Estado de derecho, implica que jueces y magistrados puedan ejercer sus funciones sin interferencias indebidas, presiones políticas ni represalias. Sin embargo, en Guatemala este principio ha sido reiteradamente vulnerado. Casos paradigmáticos como la criminalización de jueces independientes, la manipulación en la elección de cortes y la instrumentalización del derecho penal para perseguir a operadores de justicia, reflejan una justicia cooptada por intereses paralelos.</p>
<p>Según informes<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn1">[1]</a> que abordan como la justicia ha sido capturada, al menos 25 operadores de justicia independientes se han exiliado desde 2018 debido a amenazas o procesos penales espurios. Esta situación ha generado un profundo desencanto en la ciudadanía, pero también ha despertado nuevas formas de organización y resistencia, especialmente desde las juventudes.</p>
<p>En una nueva narrativa generacional Justicia Ya<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn2">[2]</a> es uno de los colectivos juveniles más visibles en la escena guatemalteca. Nacido en el contexto de las protestas ciudadanas de 2015, este grupo ha evolucionado desde el activismo digital hacia una incidencia más articulada en temas de justicia. Conformado por jóvenes profesionales —principalmente abogados— su trabajo combina análisis jurídico, comunicación estratégica y movilización ciudadana.</p>
<p>Estos colectivos tanto de la ciudad capital como del interior del país han acompañado procesos clave como las elecciones de magistrados a la Corte Suprema de Justicia y a las Cortes de Apelaciones, promoviendo una mayor transparencia en las comisiones de postulación. Inclusive ciertas organizaciones han impulsado campañas educativas sobre independencia judicial, corrupción y acceso a la justicia, acercando estos temas a audiencias jóvenes a través de redes sociales, podcasts, videos y actividades presenciales.</p>
<p>Un sector para resaltar en esta nube de colectivos es el de jóvenes del interior, que con muchas limitaciones no solo de distancia, sino financieras, técnicas, entre otras, se han embardado en procesos formales de auditoría ciudadana desde los territorios.</p>
<p>En donde más allá de la capital, en departamentos como Quetzaltenango, Alta Verapaz y Huehuetenango, han surgido colectivos juveniles que integran estudiantes de derecho, abogados recién graduados y activistas comunitarios. Estas agrupaciones, la mayoría de las veces con apoyo de universidades o redes de organizaciones de sociedad civil, realizan auditorías sociales a juzgados locales, dan seguimiento a casos de interés comunitario, e impulsan debates públicos sobre la justicia en sus territorios.</p>
<p>Un ejemplo destacado es el <strong>Grupo de Apoyo Xela (GAX ONG)<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn3"><strong>[3]</strong></a></strong>, una organización de base comunitaria legalmente establecida en Quetzaltenango ha impulsado la creación del <strong>Observatorio de Justicia Abierta desde Sociedad Civil</strong>. Este observatorio se centra en abrir datos del sector justicia en Guatemala, facilitando acciones de veeduría social desde la sociedad civil y promoviendo la transparencia en el sistema judicial. Estos procesos contribuyen no solo a visibilizar malas prácticas judiciales, sino también a construir una cultura de exigencia y vigilancia desde lo local.</p>
<p><strong>Casos emblemáticos</strong></p>
<ul class="wp-block-list">
<li>En 2023, adolescentes y jóvenes organizados en cinco municipios de Quetzaltenango se expresaron y promovieron sus derechos a través de diferentes acciones, como parte de sus planes de trabajo. Estas actividades fueron parte de iniciativas apoyadas por organizaciones como PAMI<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn4">[4]</a> Guatemala.</li>
<li>En Cobán existen iniciativas relevantes que involucran a estudiantes de Derecho en actividades relacionadas con la promoción de la justicia y los derechos humanos. Taller Jurídico en Cobán: La sede de Cobán de Nueva Acrópolis Guatemala inició un Club Jurídico con talleres sobre ética en las profesiones legales, desarrollados por abogadas voluntarias<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn5">[5]</a>.</li>
</ul>
<p>Universidad Mariano Gálvez de Guatemala – Sede Cobán: Ofrece programas académicos en Ciencias Jurídicas y Sociales, formando profesionales éticamente responsables y socialmente comprometidos.</p>
<p>Los ejemplos anteriores resaltan un tema fundamental que es la educación jurídica y compromiso cívico, que son un binomio necesario para reducir las brechas no solo educativas sino de igual manera digitales.</p>
<p>La formación académica en derecho ha sido tradicionalmente formalista y alejada de una perspectiva crítica sobre el rol del sistema de justicia en la democracia. Sin embargo, universidades públicas y privadas están comenzando a abrir espacios donde los estudiantes pueden reflexionar sobre la justicia como bien público, desarrollar pensamiento crítico y vincularse con procesos de auditoría social, litigio estratégico o comunicación para la incidencia. Es de resaltar que estos espacios si bien son a nivel universitario muchas iniciativas nacen desde los estudiantes y no de la institucionalidad de las universidades.</p>
<p>La Fundación Myrna Mack<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn6">[6]</a> ha publicado diversos informes y estudios relacionados con el sistema de justicia guatemalteco, como «Justicia en cifras: Analizando el desempeño de la institucionalidad del sistema de justicia», que analiza la capacidad de respuesta de instituciones como el Ministerio Público y el Organismo Judicial entre 2018 y 2022. Sin embargo, estos estudios no incluyen encuestas dirigidas a estudiantes de Derecho ni datos específicos sobre su interés en participar en iniciativas ciudadanas relacionadas con el sistema de justicia.</p>
<p>Un componente para tener presente es ver que han implementado en otros países como experiencias regionales dirigidas o enfocadas a jóvenes por la justicia en América Latina, Guatemala no está sola en esta lucha por la independencia judicial y el involucramiento de este bono demográfico de juventudes. Por ejemplo:</p>
<p>Existen iniciativas en Perú que promueven la participación de estudiantes en temas relacionados con la justicia y los derechos humanos. Como:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Red ESPAZ<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn7"><strong>[7]</strong></a> Perú</strong>: La Red Internacional de Estudiantes por la Paz (Red ESPAZ Perú) tiene como objetivo capacitar a jóvenes estudiantes en temas relacionados con la cultura de paz, liderazgo, educación, derechos humanos y desarrollo sostenible. Si bien su enfoque principal no es la independencia judicial, su labor en derechos humanos es relevante.</li>
<li><strong>Programa Secigra Derecho<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn8"><strong>[8]</strong></a></strong>: El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) de Perú implementa el programa Secigra Derecho, que en 2024 contó con la participación de 2,302 estudiantes de 90 universidades del país. Estos estudiantes realizan prácticas profesionales en diversas instituciones públicas, contribuyendo al fortalecimiento del sistema de justicia.</li>
</ul>
<p>En cuanto a Colombia y Honduras, se han identificado movimientos juveniles que han participado activamente en la defensa de la independencia judicial y la promoción del Estado de derecho. Por ejemplo:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Colombia</strong>: Aunque no se ha encontrado información específica sobre una organización llamada «De justicia» que forme generaciones de jóvenes investigadores y litigantes, existen diversas iniciativas y programas académicos que promueven la formación de jóvenes en temas relacionados con la justicia y los derechos humanos.</li>
<li><strong>Honduras<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftn9"><strong>[9]</strong></a></strong>: El «Movimiento de las y los indignados» ha liderado protestas masivas en varias ciudades del país, exigiendo transparencia y justicia. Estas movilizaciones han sido impulsadas en gran medida por jóvenes, quienes han desempeñado un papel crucial en la defensa de la independencia judicial.</li>
</ul>
<p>Estas experiencias regionales demuestran que las juventudes pueden ser agentes de cambio significativos en la promoción y defensa de la independencia judicial, incluso en contextos adversos y que puedan promover iniciativas de auditoria social al sistema de justicia penal de Guatemala.</p>
<p>En ese sentido, los colectivos guatemaltecos deben de fortalecer estas alianzas regionales, crear espacios para el intercambio de metodologías en procesos de auditoría social o ciudadana y construir una red que permita obtener una radiografía ciudadana del sistema de justicia nacional. Y si este esfuerzo nacional se le suma organizaciones de sociedad civil latinoamericanas y la cooperación internacional quienes juegan un rol clave en apoyar este tipo de articulaciones, los cambios necesarios puedes esperarse que sean a mediano plazo y de beneficio para nuestro país.</p>
<p>Pero en el contexto actual que enfrentamos como país, se tienen escenarios diversos y adversos en muchas áreas que se convierten en desafíos para el compromiso juvenil con la justicia, ya que pese al entusiasmo y la innovación de este bono demográfico de juventudes, su camino no está libre de obstáculos. como:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>La criminalización del activismo juvenil</strong>, especialmente en contextos rurales o indígenas, donde la defensa de los derechos suele ser estigmatizada.</li>
<li><strong>La falta de una oportunidad laboral</strong>, que desincentiva la participación en actividades no remuneradas como la auditoría social.</li>
<li><strong>La falta de acceso a información pública de parte del poder judicial</strong> clara, actualizada y en formatos editables y amigables para el monitoreo ciudadano.</li>
<li><strong>El escaso reconocimiento institucional</strong>, ya que muchos operadores judiciales no consideran a las juventudes como interlocutores legítimos en la discusión sobre justicia.</li>
</ul>
<p>Pero el superar estos retos implica una acción coordinada entre universidades, organizaciones de sociedad civil, cooperación internacional y entidades que conforman el sistema de justicia penal y que estén comprometidas con la transparencia y la participación ciudadana.</p>
<pre class="wp-block-verse has-text-align-center has-contrast-color has-00-c-4-ce-background-color has-text-color has-background has-link-color wp-elements-49dfb1b9218b96df6c3f0861097f8bdf">Una nueva generación, una nueva esperanza las juventudes, jóvenes abogados y abogadas están demostrando que la independencia judicial no es solo un principio abstracto o una preocupación de ciertas élites o grupos sociales aislados. Sino que se  ha convertido en una condición necesaria para construir y contribuir a una sociedad más justa, donde las leyes no sean un instrumento de persecución sino de protección.</pre>
<p>Aunque se enfrentan enormes desafíos, su creatividad, valentía y compromiso los convierten en actores imprescindibles para el presente y el futuro del sistema de justicia guatemalteco. Escucharlos, apoyarlos y visibilizar su trabajo es clave para transformar la relación entre ciudadanía y justicia en el país.</p>
<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref1">[1]</a> <a href="https://www.wola.org/es/">https://www.wola.org/es/</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref2">[2]</a> <a href="http://linktr.ee/justiciayagt">linktr.ee/justiciayagt</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref3">[3]</a> <a href="https://gaxong.gt/justicia-abierta-gax">https://gaxong.gt/justicia-abierta-gax</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref4">[4]</a> <a href="https://pami-guatemala.org/2023/07/12/adolescentes-y-jovenes-organizados-se-expresan-y-promueven-sus-derechos-en-5-municipios-de-quetzaltenango">https://pami-guatemala.org/2023/07/12/adolescentes-y-jovenes-organizados-se-expresan-y-promueven-sus-derechos-en-5-municipios-de-quetzaltenango</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref5">[5]</a> <a href="https://www.nuevaacropolis.org.gt/taller-juridico-en-coban">https://www.nuevaacropolis.org.gt/taller-juridico-en-coban</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref6">[6]</a> <a href="https://myrnamack.org.gt/justicia-en-cifras-analizando-el-desempeno-de-la-institucionalidad-del-sistema-de-justicia">https://myrnamack.org.gt/justicia-en-cifras-analizando-el-desempeno-de-la-institucionalidad-del-sistema-de-justicia</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref7">[7]</a> <a href="https://www.redespazperu.org/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">redespazperu.org</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref8">[8]</a> <a href="https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/906816-minjusdh-mas-de-2-mil-estudiantes-universitarios-participan-en-programa-secigra-derecho-2024">https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/906816-minjusdh-mas-de-2-mil-estudiantes-universitarios-participan-en-programa-secigra-derecho-2024</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#_ftnref9">[9]</a> <a href="https://library.fes.de/pdf-files/bueros/fesamcentral/12049.pdf">https://library.fes.de/pdf-files/bueros/fesamcentral/12049.pdf</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Consultas comunitarias en Guatemala: Cuando la justicia constitucional silencia a los pueblos indígenas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 May 2025 16:15:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Yonni Aguilar – observatoriociidh@gmail.com</p>
<p><strong>Un conflicto entre el Estado y los derechos ancestrales</strong></p>
<p>Guatemala, donde el 44% de la población se identifica como indígena según el censo de 2018<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn1">[1]</a>, enfrenta una tensión persistente entre los derechos colectivos de sus pueblos originarios, reconocidos en instrumentos como el Convenio 169 de la OIT<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn2">[2]</a> y la Constitución Política de la República de Guatemala, tensión provocada por proyectos económicos extractivistas respaldados por decisiones judiciales. Las consultas comunitarias, como mecanismos ancestrales de decisión que han sido ejercidas masivamente por las comunidades para reivindicar sus derechos políticos y ambientales, han sido sistemáticamente deslegitimadas por la Corte de Constitucionalidad (CC), la cual, bajo argumentos técnicos, ha ignorado su valor cultural y jurídico. Mientras en años pasados la CC declaró «ilegales y arbitrarias» las licencias mineras sin consulta, sus fallos entre 2016 y 2018 relativizaron el alcance de estos procesos, declarándolos no vinculantes y eliminando su poder de veto efectivo.</p>
<p>Este giro judicial no solo debilita los derechos de las comunidades en un contexto de creciente conflictividad socioambiental, sino que también incide en la criminalización de sus líderes, evidenciando la contradicción entre los estándares internacionales y la aplicación práctica de la justicia local.</p>
<p>Este conflicto ancestral no es solo legal, es político, histórico y ambiental. Desde 2005, más de 100 consultas se han realizado en Guatemala, principalmente contra minería, hidroeléctricas y monocultivos. El 90% ha rechazado estos proyectos, según la Plataforma Internacional contra la Impunidad (2020). Pero la CC, en vez de proteger estos procesos, los ha declarado «no vinculantes», «informales» o incluso «ilegales», como en San Juan Sacatepéquez, donde una minera de cemento operó por años pese al rechazo masivo de las comunidades.</p>
<p>Sin embargo, en la década reciente ha persistido un vacío normativo, Guatemala carece de una ley general de consulta indígena. En ausencia de un marco legal claro, las comunidades han apelado al Código Municipal (Decreto 12-2002<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn3">[3]</a>) para convocar referendos locales y respaldar sus asambleas. La CC ha reconocido que estos procesos existen como mecanismos de democracia directa, pero ha puntualizado que son “consultivos y no vinculantes” para el Gobierno​. En otras palabras, aunque el Estado debe escucharlos, los resultados de las consultas populares no obligan a modificar concesiones. Así, las resoluciones judiciales recientes limitan el impacto práctico de la consulta previa, pues dejan la decisión final en manos de autoridades nacionales.</p>
<p>En entrevista con Artucho Chub investigador y activista de derechos humanos al respecto sobre las consultas comunitarias nos indica que : <strong><em>“Son 3 cuerpos legales los que se invocan para ejercer el derecho a la Consulta: Constitución Política de la República, sobre la Preeminencia de los Tratados y Convenios Internacionales sobre DDDHH; el Convenio 169 sobre el derecho de los Pueblos Indígenas a ser consultados antes de la implementación de decisiones jurídicas y administrativas que les afecten; y el Código Municipal que habla sobre las Consultas a los Vecinos.”</em></strong></p>
<p>Respecto a la convocatoria nos indica el entrevistado que: <strong>“<em>En la práctica hay Consultas convocadas y realizadas por las Empresas que implementan proyectos extractivistas en las comunidades; Consultas convocadas por el Ejecutivo a través del Ministerio de Energía y Minas; Consultas convocadas por algunas Municipalidades; y Consultas Comunitarias de Buena Fe, donde no hay intervención estatal de ninguna clase, porque éstas se niegan a realizar la misma.”</em></strong></p>
<p>Respecto a la jurisprudencia de las resoluciones <strong>“<em>La jurisprudencia de la CC indica que la Consulta es vinculante si la realiza la entidad del Ejecutivo vinculada, que puede ser el MEM<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn4"><strong>[4]</strong></a>. También indica que es el Estado a través del Ejecutivo, el único actor obligado a realizar la Consulta, por lo tanto las Consultas hechas por las Empresas no tienen valor jurídico. Las consultas hechas por las Municipalidades son vinculantes en tanto se circunscriban a las obligaciones de la misma entidad, y, no pueden ser vinculantes cuando la materia de la consulta corresponde a una entidad como el MEM, puesto que supera el ámbito de su competencia. Las consultas comunitarias no son vinculantes, puesto que no media la participación del Estado.”</em></strong></p>
<p>Como reflexión final el especialista indica que:<em> <strong>“El Ejecutivo no necesita que mediante la otorgación de un Amparo se le obligue a realizar previamente la consulta, puesto que el Convenio 169 es ley nacional y de observación general. Es decir, el Estado, a pesar de que sabe que los Pueblos Indígenas tienen que ser consultados previo a la aprobación y ejecución de decisiones administrativos en su territorio, sistemáticamente, niega ese derecho,”</strong></em></p>
<p>De tal cuenta exploraremos muy superficialmente cómo el sistema de justicia guatemalteco, lejos de ser un árbitro neutral, se ha alineado con intereses económicos, negando el derecho a la autodeterminación de los pueblos. A través de casos emblemáticos, análisis comparativos y propuestas concretas, revelando grietas de un sistema que necesita urgentemente reformas para cumplir con estándares internacionales en materia de derechos humanos.</p>
<p>Consultas comunitarias, más que un trámite, un derecho humano pero ¿Qué son y por qué son vitales?son procesos colectivos donde los habitantes de una comunidad deciden sobre proyectos que afectan a sus territorios, recursos o formas de vida. No son simples votaciones, sino son una serie de etapas diversas para su realización como en ciertas ocasiones la elaboración de rituales, asambleas y debates basados en el derecho consuetudinario.</p>
<p>El Convenio 169 de la OIT —ratificado por Guatemala en 1996— exige que estos procesos sean previos, libres, informados y culturalmente adecuados. Sin embargo, Guatemala carece de una ley específica para regularlas. Esto permite que la CC las juzgue bajo normas genéricas como la Ley de Minería o la Constitución Política, ignorando su naturaleza intercultural. Por ejemplo, en 2016, la CC dictaminó que las consultas deben ser «técnicas» y realizadas por el Estado, no por las comunidades, contradiciendo la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).</p>
<p><strong>El caso de San Juan Sacatepéquez: Un laboratorio de resistencia</strong></p>
<p>Entre 2006 y 2018, comunidades maya kaqchikel de San Juan Sacatepéquez realizaron 34 consultas para rechazar la minería de cal de Cementos Progreso. Con una participación del 98% en contra, el proceso fue ejemplar: incluyó traductores, asambleas en idioma kaqchikel y validación por autoridades ancestrales.</p>
<p>Pero en 2018, la CC declaró las consultas «inexistentes», argumentando que solo el Ministerio de Energía y Minas puede autorizar proyectos extractivos. La resolución no mencionó el Convenio 169 ni los estándares de la CIDH. Como consecuencia, la empresa continuó operando, y líderes comunitarios enfrentaron criminalización: 7 fueron encarcelados por «oponerse al desarrollo».</p>
<p>Un dato clave es que un informe de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (OACNUDH, 2021) señala que el 80% de los conflictos socioambientales en Guatemala involucran violaciones al derecho a la consulta.</p>
<p><strong>La Corte de Constitucionalidad: ¿Garante de derechos o instrumento del poder económico? Como la Jurisprudencia en contravía de los estándares internacionales</strong></p>
<p>La CC ha emitido una serie de resoluciones desde 2010 invalidando consultas comunitarias. Sus argumentos recurrentes son:</p>
<ol start="1" class="wp-block-list">
<li>«Falta de regulación formal».</li>
<li>«Las comunidades no tienen competencia para vetar proyectos».</li>
<li>«El interés nacional prima sobre los derechos indígenas».</li>
</ol>
<p>Estos criterios ignoran fallos clave de la CIDH, como el <em>Caso Comunidad Garífuna de Punta Piedra vs. Honduras</em> (2015), donde se estableció que los Estados deben adaptar sus marcos legales para garantizar consultas culturalmente pertinentes, incluso si no existen leyes específicas.</p>
<p>Más allá de San Juan Sacatepéquez existen otros casos emblemáticos como:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>El Escobal (2013-2023)</strong>: La mina de plata de Tahoe Resources, suspendida en 2017 tras protestas y consultas en Santa Rosa y Jalapa, ha sido reactivada pese a que la CC no ha resuelto sobre la consulta a comunidades xincas. En 2023, la CIDH admitió una demanda contra Guatemala por violar el derecho a la consulta en este caso.</li>
<li><strong>Hidroeléctrica Oxec (2017)</strong>: La CC avaló la construcción en tierras q’eqchi’ sin consulta previa, argumentando que el proyecto era de «interés nacional». La comunidad denunció que la empresa usó firmas falsas para simular consentimiento.</li>
<li><strong>Polochic (2021)</strong>: La CC negó una acción legal de comunidades q’eqchi’ contra una plantación de palma africana, pese a pruebas de desplazamiento forzado y contaminación de ríos.</li>
</ul>
<p class="has-text-align-center"><strong>Casos emblemáticos</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="709" height="383" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/05/image.png" alt="" class="wp-image-4360"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>Si se ve desde una perspectiva crítica y objetiva se puede ver como la CC opera bajo una lógica colonial, donde el «desarrollo» se mide en megaproyectos, no en bienestar comunitario. Como señala el abogado indígena Juan Castro (2022): «La Corte exige que las consultas cumplan formalidades europeas, pero no entiende que para nosotros, la tierra es una madre, no un recurso».</p>
<p><strong>Iniciativa de Ley 5450: Hacia una Regulación del Derecho a la Consulta en Guatemala</strong></p>
<p>La Iniciativa 5450 fue presentada al Congreso de la República de Guatemala el 7 de agosto de 2018 por varios diputados, incluyendo a Amílcar de Jesús Pop Ac y Orlando Joaquín Blanco Lapola. Su objetivo principal es crear un instrumento jurídico que garantice el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados de buena fe, de manera libre, previa e informada, especialmente en decisiones que afecten sus tierras, territorios y recursos naturales.</p>
<p><strong>Objetivos y Contenido</strong></p>
<p>La iniciativa propone:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li>Establecer procedimientos claros y culturalmente adecuados para la realización de consultas a los pueblos indígenas.</li>
<li>Garantizar que estas consultas sean vinculantes y respeten la autodeterminación de las comunidades.</li>
<li>Armonizar la legislación nacional con los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas.</li>
</ul>
<p>Además, busca resolver la conflictividad social derivada de la falta de consulta en proyectos de desarrollo que afectan directamente a las comunidades indígenas.</p>
<p><strong>Cuál es el estatus actual de dicha iniciativa (Trámite Legislativo)</strong></p>
<p>Tras su presentación, la iniciativa fue remitida a las Comisiones de Legislación y Puntos Constitucionales y de Pueblos Indígenas para su estudio y dictamen correspondiente. Sin embargo, hasta la fecha, no se ha avanzado en su aprobación, lo que refleja la falta de voluntad política para legislar en favor de los derechos de los pueblos indígenas.</p>
<p><strong>¿Qué relevancia en él tiene esta iniciativa en el contexto actual?</strong></p>
<p>La ausencia de una ley específica sobre consultas ha llevado a que las comunidades indígenas en Guatemala recurran a mecanismos alternativos, como las consultas comunitarias de buena fe, amparadas en el Código Municipal. No obstante, la Corte de Constitucionalidad ha declarado que estas consultas no son vinculantes, lo que debilita su efectividad y deja a las comunidades en una situación de vulnerabilidad frente a proyectos que afectan sus territorios.</p>
<p>La aprobación de la Iniciativa 5450 sería un paso fundamental para reconocer y proteger el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados, conforme a su cosmovisión y sistemas normativos propios, y para cumplir con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado guatemalteco.</p>
<p>Pero revisando el estatus de esta iniciativa en la página web del Congreso de la República<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn5">[5]</a>  se observa que la Comisión de Pueblos Indígenas 04-12-2018 emitió Dictamen desfavorable<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn6">[6]</a> .</p>
<p>Las diversas lecciones de América Latina plantean el cuestionamiento de ¿Qué caminos alternativos existen?</p>
<p><strong>Perú: Una ley de consulta previa con luces y sombras</strong></p>
<p>En 2011, Perú aprobó la Ley de Consulta Previa, que reconoce el derecho vinculante de los pueblos indígenas a ser consultados. Aunque su implementación es desigual, ha permitido frenar proyectos como la expansión del lote petrolero 192 en Loreto (2015), donde comunidades achuar y kichwa lograron negociar compensaciones ambientales.</p>
<p><strong>Bolivia: Autonomías indígenas en la Constitución</strong></p>
<p>La Constitución boliviana de 2009 reconoce la «autonomía indígena» y el derecho a gestionar recursos naturales en sus territorios. Aunque persisten conflictos (como el polémico proyecto de la carretera del TIPNIS), las comunidades pueden apelar a normas propias. Por ejemplo, en 2020, la nación guaraní detuvo una exploración petrolera usando su estatuto autonómico.</p>
<p><strong>De estos casos o ejemplos puntuales ¿Qué puede aprender Guatemala?</strong></p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Reconocer la pluralidad jurídica</strong>: Las consultas deben integrar sistemas normativos indígenas.</li>
<li><strong>Crear un protocolo intercultural</strong>: Con participación de líderes indígenas, académicos y jueces.</li>
<li><strong>Fortalecer la justicia ambiental</strong>: Tribunales especializados en conflictos socioambientales, como existen en Costa Rica.</li>
</ul>
<p class="has-text-align-center"><strong>Lecciones para Guatemala</strong></p>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="708" height="486" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/05/image-2.png" alt="" class="wp-image-4362"/></figure>
</div>
<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia</p>
<p>Para romper el círculo de conflictos, organizaciones como la Asociación de Abogados Mayas proponen:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Ley de Consultas Comunitarias</strong>: Elaborada con participación indígena, que defina plazos, metodologías y consecuencias jurídicas.</li>
<li><strong>Reforma a la Ley de Amparo</strong>: Para que las acciones constitucionales protejan específicamente los derechos colectivos indígenas.</li>
<li><strong>Capacitación judicial</strong>: Talleres para operadores de justicia sobre estándares internacionales y cosmovisión maya.</li>
<li><strong>Observatorio de conflictos</strong>: Una entidad independiente que documente y medie en disputas socioambientales.</li>
</ul>
<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="709" height="433" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/05/image-1.png" alt="" class="wp-image-4361"/></figure>
</div>
<p>Las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad no solo violan derechos humanos: profundizan la desconfianza en un sistema judicial ya cuestionado por corrupción e impunidad. Según Latinobarómetro<a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftn7">[7]</a> (2023), el 88% de los guatemaltecos desconfía de los tribunales, cifra que llega al 95% en áreas indígenas.</p>
<p>Guatemala necesita un nuevo pacto social donde la justicia no sea un instrumento de exclusión. Esto implica:</p>
<ul class="wp-block-list">
<li>Reconocer las consultas comunitarias como actos jurídicos válidos.</li>
<li>Sancionar a empresas que operan sin consentimiento libre.</li>
<li>Priorizar diálogos interculturales, no fallos unilaterales.</li>
</ul>
<p>Como expresa la líder kaqchikel María Pedro (2023):<strong> «Sin consulta, no hay paz. Solo habrá más resistencia».</strong></p>
<p><strong>Enlaces de interés:</strong></p>
<ul class="wp-block-list">
<li><a href="https://mem.gob.gt/consultas-a-pueblos-indigenas/">https://mem.gob.gt/consultas-a-pueblos-indigenas/</a></li>
<li><a href="https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/iniciativas/5499">https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/iniciativas/5499</a></li>
</ul>
<p><strong>Referencias</strong></p>
<ol start="1" class="wp-block-list">
<li>CIDH, <em>Caso Pueblo Indígena Sarayaku vs. Ecuador</em> (2012).</li>
<li>OACNUDH, <em>Informe sobre conflictos socioambientales en Guatemala</em> (2021).</li>
<li>Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina, <em>Reporte 2023</em>.</li>
<li>Instituto Nacional Demócrata, <em>Estudio sobre pluralismo jurídico</em> (2022).</li>
</ol>
<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref1">[1]</a> <a href="https://censo2018.ine.gob.gt/graficas">https://censo2018.ine.gob.gt/graficas</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref2">[2]</a> <a href="https://www.ilo.org/sites/default/files/wcmsp5/groups/public/@americas/@ro-lima/documents/publication/wcms_345065.pdf">https://www.ilo.org/sites/default/files/wcmsp5/groups/public/@americas/@ro-lima/documents/publication/wcms_345065.pdf</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref3">[3]</a> Articulo 17. Derechos y obligaciones de los vecinos.</p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref4">[4]</a> Ministerio de Energía y Minas</p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref5">[5]</a> <a href="https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/iniciativas/5499">https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/iniciativas/5499</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref6">[6]</a> <a href="https://www.congreso.gob.gt/assets/uploads/info_legislativo/dictamen/1550256008_Dictamen%205450.pdf">https://www.congreso.gob.gt/assets/uploads/info_legislativo/dictamen/1550256008_Dictamen%205450.pdf</a></p>
<p><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/consultas-comunitarias-en-guatemala-cuando-la-justicia-constitucional-silencia-a-los-pueblos-indigenas/#_ftnref7">[7]</a> <a href="https://www.latinobarometro.org/latOnline.jsp">https://www.latinobarometro.org/latOnline.jsp</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>LAS DESAPARICIONES FORZADAS: SECUELAS PSICOSOCIALES Y PERSPECTIVAS</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/las-desapariciones-forzadas-secuelas-psicosociales-y-perspectivas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Feb 2024 18:22:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Memoria histórica]]></category>
		<category><![CDATA[conflicto armado interno]]></category>
		<category><![CDATA[derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[memoria historica]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong><br>Documento elaborado por:</strong> Raúl Cuellar Betancourt<a id="_ftnref1" href="#_ftn1">[1]</a></p>



<h2 class="gb-headline gb-headline-d9b4edd5 gb-headline-text"><strong>1. Las desapariciones forzadas</strong></h2>



<p>La desaparición forzada constituye una detención ilegal y arbitraria de una o más personas sin que medie orden judicial. Su práctica sistemática por parte de aparatos de control del Estado se manifiesta a través del desaparecimiento de la (s) persona (s), ocultándola en centros clandestinos preestablecidos, donde la víctima es sometida a prácticas, en contra de su voluntad, que le provocan daño físico y psicológico.</p>



<p>En Guatemala, esta práctica ilegal ha sido implementada hacia miles de personas, hombres y mujeres, no de manera casual, sino planificada a partir de la intención política de someter por la fuerza a quienes se han planteado la necesidad de realizar transformaciones estructurales al interior de la sociedad guatemalteca.</p>



<p>Las desapariciones for<a>z</a>adas se han ejecutado hacia los diversos sectores sociales, pero han afectado mayoritariamente a los grupos medios y bajos de la sociedad, entre ellos intelectuales, estudiantes, dirigentes y miembros de base organizados en diferentes instancias, obreros, activistas y/o simpatizantes de las organizaciones insurgentes, etc.</p>



<p>La Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) concluye que “en Guatemala la desaparición forzada de personas constituyó una práctica sistemática que correspondió, en la casi totalidad de los casos, a operaciones de Inteligencia. Sus finalidades eran la desarticulación de los movimientos u organizaciones que el Estado identificaba proclives a la insurgencia, y extender el terror en la población. Las víctimas de desapariciones fueron campesinos, dirigentes sociales, estudiantiles, catedráticos, dirigentes políticos, miembros de comunidades religiosas y sacerdotes e, inclusive, militares o paramilitares que cayeron bajo sospecha de colaborar con el enemigo. Quienes perpetraron estas desapariciones forzadas violaron los derechos elementales de la persona humana”.</p>



<p>En tal sentido, es afectada directamente la víctima de la desaparición, aunque en casi la totalidad de los casos esta práctica culmina con el asesinato, la muerte de la persona desaparecida, para no dejar evidencia de quienes fueron los autores, pero sí ejemplificar lo que le podría suceder a cualquiera que se encuentre en el marco de los comportamientos que se oponen a la reproducción del sistema vigente, establecido para el beneficio de las minorías que dominan en el ámbito económico.</p>



<p>Sin embargo, podría considerarse que principalmente son afectadas las personas, familiares y otros, que han mantenido relaciones cercanas con la víctima, pues les toca enfrentar todas las consecuencias posteriores a la tragedia de la desaparición.</p>



<p>La práctica de la desaparición forzada se manifiesta en Guatemala principalmente matizada por el componente político, y ha creado circunstancias de afectaciones físicas y psicosociales no deseadas por las víctimas directas e indirectas.</p>



<p>Este es uno de los temas espinosos que es muy complejo abordar en nuestro país, pero se presenta como una fuerte necesidad de abrir espacios de reflexión y debate con relación a su significado, sus consecuencias y las perspectivas para superarlo, partiendo del doloroso reconocimiento de que en Guatemala la política de las desapariciones forzadas cumplió con los objetivos para los cuales fue creada, pues durante muchos años logró el silenciamiento, la inmovilización, desorganización, mediatización y atomización de los movimientos sociales, provocando una fuerte ruptura del tejido social guatemalteco.</p>



<p>Ahora es la hora de principiar con el proceso de humanización de las relaciones y las prácticas cotidianas, de reconstruir a la sociedad desde su individualidad y colectividad, desde la explicación de los hechos para formular acciones que impidan que esta historia se repita.</p>



<p>&nbsp;Es importante resaltar, en primer lugar, que en Guatemala la práctica de las desapariciones forzadas se inserta en el marco del conflicto armado interno, como una forma de actuar contra cualquier persona que fuera considerada enemiga del orden social establecido, de manera organizada o no, generando una dinámica en la que “los guatemaltecos durante más de tres décadas han debido enfrentarse permanentemente a tratar de vivir, sobrevivir y coexistir en el marco de una cotidianeidad de violencia sistemática, que no solamente ha segado la vida de miles de personas que han sido desaparecidas, ejecutadas extrajudicialmente o que han sufrido los efectos de los bombardeos y el arrasamiento de sus comunidades; sino que esta situación ha traído como consecuencia el surgimiento de una actitud social generalizada de &nbsp;pasividad e indiferencia ante la violencia.<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a></p>



<p>El fenómeno también tiene otras manifestaciones que se vinculan más con el aspecto económico, tales como las acciones vinculadas al narcotráfico, o los casos de tráfico de mujeres menores de edad con la finalidad de prostituirlas en otros países.</p>



<p>Aquí también es importante destacar que las desapariciones forzadas constituyeron una práctica de la guerrilla para obtener fondos para financiar la guerra, y si bien es cierto en algunos casos hubo liberación de la víctima, en otros el hecho concluyó con la muerte.</p>



<p>Este fenómeno ha dejado una historia trágica de más de 40 mil personas desaparecidas y, por lo tanto, millares de familias afectadas en las distintas esferas de su vida cotidiana y de futuro.</p>



<p>Los efectos psicosociales vivenciados por gran parte de la población guatemalteca se pueden clasificar en tres ámbitos: en lo comunitario, lo familiar, y en el ámbito de la individualidad, es decir, la persona como tal.</p>



<p>A continuación, se mencionan algunos de los principales efectos, que su priorización no necesariamente se manifiesta de acuerdo con el orden de la exposición, los que inciden directamente en los escenarios: económico, emocional, familiar, social, manejo de actitudes y prácticas, etc.</p>



<p>Haremos referencia a algunos de los efectos que se generan a partir de las desapariciones, enfocando en las personas que han mantenido una relación cotidiana con la víctima, y que en su vida les ha tocado enfrentar una larga serie de problemas en su individualidad, en su trabajo, en su relación interpersonal con otros actores de la sociedad.</p>



<p></p>



<h1 class="wp-block-heading"><strong>2. Efectos en el ámbito económico</strong></h1>



<p>En lo económico, se manifiestan diferentes situaciones que exigen el replanteamiento en los distintos espacios de la inversión para la satisfacción de las necesidades fundamentales. Por ejemplo, el hecho de tener que cambiar el escenario de actuación de los miembros de la familia, que implica un nuevo marco de movilización, que normalmente tiende a incrementar los costos de la misma, tal como cambiarse de casa, hacer las gestiones de averiguación sobre qué pudo haber sucedido con la persona desaparecida.</p>



<p>Entre otras cosas, los hijos dejan de estudiar y en algunos casos se involucran en actividades laborales remuneradas para apoyar la ausencia del ingreso económico que aportaba el/la desaparecido/a, que cuando es el hombre sobre quien principalmente recae dicha labor, pues exige mayor participación de la mujer en este espacio, bien sea la esposa/compañera, la hermana, la madre. Incluso los abuelos desempeñan su función ante esta experiencia traumática, en apoyo y en actitudes y prácticas que asumirán sus nietos.</p>



<p></p>



<h2 class="gb-headline gb-headline-0c799c13 gb-headline-text"><strong>3. En el ámbito psicosocial</strong></h2>



<p>En lo emocional, uno de los elementos que se manifiesta es la angustia que provoca el factor económico, debido a los cambios a que presiona por aspectos expuestos anteriormente.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p>De los primeros sentimientos que se expresan encontramos el dolor, el horror, sensación de catástrofe, incredulidad, confusión, miedo e impotencia, que inhiben la posibilidad de hacer algo, incluso complica la búsqueda de apoyo por parte de personas cercanas, ya que el hecho de la desaparición busca romper con el marco mínimo de las relaciones de solidaridad.</p>



<p>El efecto del terror se expande a otros ámbitos de las relaciones sociales, generando rechazo social, ya que mantener el vínculo con los familiares de la persona desaparecida puede hacer extensiva la práctica de la desaparición, creando ideas o rumores como “en algo andaba metido/a para que le pasara eso”, cumpliendo con la función aleccionadora que conduce a plantear “yo no quiero que me pase eso, y menos a alguien de mi familia”.</p>



<p>La situación se torna cuesta arriba, en primer lugar, porque no se consigue darle una explicación objetiva al hecho, produciendo incluso sentimientos de culpa, estados de depresión profunda que normalmente se enfrentan desde el silencio, pues no con cualquier gente se puede hablar con amplitud de lo que ha pasado y se está viviendo.</p>



<p>En el caso de los hijos que tienen la posibilidad de seguir estudiando, tienden a bajar su nivel de rendimiento escolar por diferentes tensiones que se manifiestan en el medio social, en el ámbito familiar, educativo, y en lo personal.</p>



<p>El papel de los medios de comunicación social se convierte en un elemento negativo, pues trasladan informaciones sobre la persona desaparecida y el hecho de la desaparición que vulnera la condición social de los familiares, proporcionando datos que ubican a los miembros de la familia y estereotipan lo sucedido, muchas veces la noticia es deformada, afectando la dignidad y la autoestima de las personas que forman parte del núcleo familiar.</p>



<p>Otros elementos importantes son los relacionados con la imposibilidad de realizar ciertas prácticas que, ante “situaciones normales de la muerte” de un familiar, en el espacio comunitario contribuyen a la vivencia del duelo<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a> , la comprensión de la muerte, tales como las condolencias de familiares, amigos y personas cercanas, el velorio, la sepultura, etc. Estas premisas se imposibilitan ante lo trágico del hecho de la desaparición y la serie de problemas a resolver.</p>



<p>El vacío que genera la ausencia, tanto en lo individual como en lo social, se experimenta de una forma distinta, que produce sentimientos de rechazo y falta de reconocimiento del hecho, que conduce a la amnesia sustituyendo al recuerdo, o reproduciendo el fenómeno de la inhibición aprendida, o también vivenciando la fantasía de la reaparición del muerto.</p>



<p>Además, se manifiesta la frustración ante la imposibilidad de ubicar al agresor y hacer funcionar los mecanismos legales que permitan aplicar la justicia, pues ella misma ha sido anulada por el tenor y el silencio, generando sentimientos de impotencia ante la situación de no poder hacer nada, aún en los casos en los que sí se sabe quiénes son los ejecutores de tales hechos. Esa impotencia también emerge a partir de la percepción distorsionada de la realidad, del por qué sucedió la desaparición.</p>



<p>Es decir, se vive de diferente forma el dolor que provoca la muerte de las personas cercanas, es un dolor permanente que, muchas veces, no contiene la certeza de la muerte. En los casos en que se hace viable el juicio, las personas re experimentan la vivencia traumática de la desaparición.</p>



<h1 class="wp-block-heading"><strong>4.  La respuesta ante las desapariciones forzadas</strong></h1>



<p>La respuesta individual y familiar es la que se manifiesta más que la social, aunque existen expresiones que integran las individualidades a la lucha colectiva, lo que hace más &nbsp;efectiva la respuesta, pues desde allí, organizadamente, se recuperan nexos de solidaridad &nbsp;que contribuyen a compartir el dolor y encontrar salida a las múltiples afectaciones psicosociales, así como impulsar colectivamente la necesidad de romper con el silencio y el muro de la impunidad que ha promovido la práctica de las desapariciones forzadas.</p>



<p>Ante la adversidad la gente fortalece los mecanismos que le han permitido salir adelante<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a> y cobra conciencia de la importancia de desarrollar la lucha en contra de un fenómeno que les ha sido impuesto por las estructuras y los aparatos de represión de un Estado que reproduce la violencia política y la injusticia social.</p>



<p>Dentro de otro cúmulo de secuelas se encuentran la desintegración familiar, la adopción de conductas agresivas, el alcoholismo, la ruptura violenta de la cotidianeidad, el aislamiento, la angustia, el fatalismo, etc. La desaparición forzada afecta todas las facetas de la vida individual, familiar y social de las personas y los costos sociales de la reconstrucción representan un proceso muy complejo y doloroso.</p>



<p>Las perspectivas de superación de tal práctica se encuentran en la construcción de un Estado de Derecho, la construcción de la democracia real, aquella que satisface las necesidades vitales de las grandes mayorías, posibilita la participación ciudadana en un marco de libertad y respeto a los derechos humanos, la práctica de una cultura de paz, basada en la acción comunicativa, etc.</p>



<p>Desde la perspectiva psicosocial, se requiere de la vivencia del duelo, la ruptura del silencio, que significa la creación de espacios para la socialización de lo sucedido, la comprensión de los hechos y la aclaración en cuanto al por qué de lo acontecido y la ubicación de los responsables, aplicación de la justicia y un proceso comprometido de resarcimiento y reparación psicosocial, fundamentalmente orientado a la recuperación de la dignidad de los agredidos/as.</p>



<p>La respuesta debe contemplar las esferas de lo individual y lo colectivo, siendo necesaria la presencia de procesos de atención clínica especializada y de salud mental comunitaria.</p>



<p class="has-text-align-center has-medium-font-size"><strong>Y EL TIEMPO PASÓ</strong><strong>…</strong><strong> Pero la realidad muy poco cambió</strong></p>



<p>A 24 años de la primera publicación de este artículo, muchos aspectos siguen vigentes, en tanto que la problemática abordada en él también sigue presente. De lo que se trata acá es de incorporar diferentes elementos nuevos que forman parte del análisis de los hechos alrededor de las víctimas del conflicto armado interno, que continúan luchando por lograr sus reivindicaciones y, fundamentalmente, alcanzar su dignificación.</p>



<p>A 27 años de la firma de los Acuerdos de Paz (1996) y la llegada de los “gobiernos democráticos” popularmente electos luego de promulgada la nueva Constitución Política de la República de Guatemala en 1985 por la Asamblea Nacional Constituyente de 1984, como procesos relevantes que tendrían que dar paso a la construcción de la democracia y el Estado de Derecho.</p>



<p>Surgió la iniciativa de Recuperación de la Memoria Histórica -REMHI-, que presentó sus resultados en 1998, denominada Guatemala: Nunca Más, así como la Comisión para el Esclarecimiento Histórico -CEH- que presentó sus resultados en 1999 en lo que se conoce como Guatemala, memoria del silencio.</p>



<p>Con el Acuerdo Gubernativo 258-2003, se creó en el año 2003 el Programa Nacional de Resarcimiento -PNR-, con el objetivo de resarcir, reparar, restituir, indemnizar, asistir, rehabilitar a 200 mil víctimas del conflicto armado interno, que para el año 2019 había atendido a 32 mil (solamente el 16% del total).</p>



<p>En el año 2020, ya tiempos de pandemia, el PNR, a cargo de la Secretaría de la Paz, y luego de su cierre definitivo, se trasladó e integró al Ministerio de Desarrollo Social -MIDES-, que ya traía problemas presupuestarios para el cumplimiento de sus funciones, los que se profundizaron en el nuevo techo dentro del MIDES.</p>



<p>Gran parte de las familias que fueron afectadas por las desapariciones forzadas, continúan con la esperanza de saber qué pasó con sus familiares, han sido años de incertidumbre, de lucha por conocer la verdad, de no poder vivir el duelo. Los esfuerzos organizados en la lucha por la recuperación de la dignidad de las víctimas del conflicto armado interno se han mantenido vigentes durante todos estos años, y aunque se han alcanzado algunos resultados importantes que marcan la ruta a seguir para obtener otros logros, aún queda mucho camino por recorrer, nada fácil frente a una institucionalidad frágil del Estado que no responde a las expectativas planteadas por las víctimas.</p>



<p>La dignificación de las víctimas del conflicto armado interno y la recuperación de la memoria colectiva, son fundamentales para la reconstrucción del tejido social. Para esto el Estado guatemalteco tiene que abrir espacios institucionales y de diálogo con el objetivo de resolver los problemas de las víctimas, ya que el tiempo ha pasado y la respuesta desde hace años esperada no ha llegado, en la mayoría de los casos.</p>



<p>La Plataforma Nacional de Organizaciones y Movimientos de Víctimas del Conflicto Armado Interno se convierte en el actor esencial para el posicionamiento sobre el tema del resarcimiento, la reparación y dignificación de las víctimas, así como la importancia que debe tener el trabajo comunitario en el ámbito de la atención psicosocial individual y colectiva, entre otros temas no menos importantes.</p>



<p>Los efectos del conflicto armado interno han trascendido incluso a un problema generacional, de transmisión oral de la historia, de lo que pasó, que cada vez más es contado por las nuevas generaciones desde el conocimiento de los hechos recibido y las percepciones propias de lo vivido en su relación pasada con las víctimas directas del conflicto armado interno.</p>



<p>Es fundamental definir, desde las lecciones aprendidas, ¿ahora cuál es la ruta por seguir?; ¿Cuáles son las acciones prioritarias para posicionar el tema?; ¿Qué pedir al nuevo gobierno para que las demandas sean atendidas? También va a ser importante fijar los plazos de cumplimiento de las demandas, porque como ya se dijo el tiempo es un factor crucial que marca la esperanza para la dignificación y reparación de las víctimas del conflicto armado interno.</p>



<p>Un elemento determinante para tener en consideración es la llegada de un nuevo gobierno, que la gente visualiza como la nueva primavera, progresista y comprometido con las demandas sociales e históricas de los guatemaltecos, oportunidad importante para dejar precedentes en materia de los derechos humanos. <strong><br></strong></p>



<p><strong>Bibliografía básica de consulta</strong><strong></strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Psicología social de la guerra, Ignacio Martín-Baró, et. al., UCA, El Salvador 1990.</li>



<li>Conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), Guatemala 1999.</li>



<li>Florecerás Guatemala, Asociación Centroamericana de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ACAFADE), Costa Rica 1992.</li>



<li>Desaparecidos Guatemala, ACAFADE, Costa Rica 1988.</li>



<li>Salud Mental: la comunidad como apoyo, Carlos Martín Beristain y Francesc Riera, UCA, El Salvador 1992.</li>
</ul>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Investigador social e Historiador. Texto original publicado en la Revista aportes, propuestas para el nuevo milenio No.3, Centro de Estudios para el Desarrollo. Guatemala agosto-septiembre 1999.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Florecerás Guatemala, Asociación Centroamericana de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ACAFADE), Tercera Edición, Costa Rica 1992.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> El duelo constituye un proceso relacionado con los estados subjetivos posteriores a la pérdida de una persona cercana y que implica la aceptación y la readaptación. Existen diferencias entre el proceso de duelo ante la muerte cierta y el escenario que permite realizar las prácticas comunitarias de condolencias y sepultura y el que experimentan las personas ante la incertidumbre de la muerte de la víctima, alterando el proceso y creando contradicciones entre el hecho y su no aceptación.</p>



<p><a id="_ftn4" href="#_ftnref4">[4]</a> En este caso se han producido algunos materiales interesantes con relación a las prácticas y actitudes que le han permitido a muchas personas superar las circunstancias adversas, más conocida como ‘Resiliencia”.</p>


<div class="gb-container gb-container-e35738e6">

<a class="gb-button gb-button-7f10ab22 gb-button-text" href="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2024/02/Las-desapariciones-forzadas-Secuelas-psicosociales-y-perspectivas.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Descargar </a>

</div>


<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Análisis comparado sobre los indicadores relacionados con Justicia Abierta</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/analisis-comparado-sobre-los-indicadores-relacionados-con-justicia-abierta/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Jan 2024 17:26:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Otras publicaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://ciidhguatemala.org/?p=920</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Análisis comparado sobre los indicadores relacionados con Justicia Abierta" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/analisis-comparado-sobre-los-indicadores-relacionados-con-justicia-abierta/#more-920" aria-label="Leer más sobre Análisis comparado sobre los indicadores relacionados con Justicia Abierta">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p></p>



<p><strong>Términos de referencia No. 02-202</strong>4</p>



<p><strong>Proyecto: </strong>“Fortalecimiento de la transparencia y participación ciudadana para crear valor público dentro del marco de justicia abierta”</p>



<p><strong>Titulo consultoría: </strong>“Análisis comparado sobre los indicadores relacionados con Justicia Abierta”</p>



<h3 class="wp-block-heading">I.          Presentación y antecedentes</h3>



<p>La presente consultoría se ejecuta en el marco del Proyecto Justicia y Transparencia en Guatemala, implementado por DEXIS Consulting Group (DEXIS) y financiado con fondos de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).</p>



<p>El cual tiene como objetivo principal fortalecer las instituciones de justicia y seguridad para que sean más eficientes y efectivas en la investigación, judicialización y penalización del crimen, con el fin de reducir la corrupción y la impunidad en Guatemala. El programa de donaciones está compuesto por propuestas innovadoras dirigidas al estudio, análisis y elaboración de propuestas de solución a los retos del sector justicia, especialmente aquellos que estén vinculados con temas tales como: Relación entre el acceso a la justicia y la migración irregular; justicia abierta (transparencia, rendición de cuentas, participación y colaboración); impunidad; y acceso a la justicia y grupos en situación de vulnerabilidad.</p>



<p>Guatemala ha experimentado desafíos significativos en su sistema de justicia, lo que ha llevado a una creciente demanda de reformas y transparencia en el ámbito judicial. La justicia abierta se presenta como un enfoque clave para abordar estos problemas, fomentando la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la eficiencia en la administración de justicia. <strong></strong></p>



<h3 class="wp-block-heading">II.          Objetivos:</h3>



<h4 class="wp-block-heading">General</h4>



<p>Realizar un análisis exhaustivo del sistema de justicia en Guatemala, identificando oportunidades y desafíos, y proponiendo recomendaciones concretas para mejorar la transparencia y eficacia del sistema.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Específicos</h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Evaluar el estado actual del sistema de justicia en Guatemala, identificando áreas de oportunidad y desafíos;</li>



<li>Analizar el marco legal relacionado con la justicia abierta en Guatemala y su implementación efectiva;</li>



<li>Examinar las tecnologías existentes utilizadas en el sistema de justicia y proponer soluciones innovadoras para mejorar la eficiencia y la transparencia;</li>



<li>Evaluar la participación ciudadana en el sistema de justicia y proponer estrategias para aumentar la colaboración y el acceso a la información;</li>



<li>Identificar posibles obstáculos a la implementación de medidas de justicia abierta y proponer estrategias para superarlos.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">III.          Resultados:</h3>



<p>Deberá de presentar uno o varios documentos que contengan los datos, información y análisis relacionados con el grado de apertura de sistema de justicia en Guatemala, bases de datos en formatos reutilizables.</p>



<h3 class="wp-block-heading">IV.          Actividades para realizar:</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Analizar la legislación actual relacionada con la justicia en Guatemala.</li>



<li>Revisar informes y estudios previos sobre el sistema de justicia en el país.</li>



<li>Examinar casos judiciales relevantes que hayan impactado la percepción de la justicia.</li>



<li>Recopilar datos estadísticos sobre la eficiencia y transparencia del sistema judicial.</li>



<li>Realizar un análisis comparativo con datos de años anteriores para identificar tendencias.</li>



<li>Evaluar la participación ciudadana en el sistema de justicia.</li>



<li>Identificar barreras y desarrollar estrategias para fomentar la participación activa de la sociedad civil.</li>



<li>Identificar posibles obstáculos, ya sean legales, tecnológicos o culturales, para la implementación de medidas de justicia abierta.</li>



<li>Proponer estrategias para superar estos obstáculos.</li>



<li>Elaborar un documento que contenga el análisis, datos e información sobre el proceso total de la consultoría que sea utilizable por el CiiDH.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading"> V.          Productos para entregar:</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Producto 1: Avance de consultoría, primer borrador. &nbsp;</li>



<li>Producto 2: Documento (s) final (es) de análisis.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">VI.          Conocimientos / formación / habilidades solicitadas:</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Experiencia y conocimiento relacionado a la investigación de temas vinculados o relacionados con el sistema de justicia nacional;</li>



<li>Experiencia comprobada en Administración y Gestión pública, Planes estratégicos y Políticas de seguridad y justicia;</li>



<li>Capacidad de realizar procesos de investigación cualitativa y cuantitativa;</li>



<li>Capacidad de realizar diagnósticos con metodologías cualitativas;</li>



<li><strong>Formación:</strong> Profesional en las Ciencias Jurídicas y Sociales preferentemente, Administración de empresas u otras relacionadas al ámbito de la investigación y/o que guarden relación con la administración pública de instituciones relacionadas la temática, planes estratégicos y políticas públicas de prevención y sector justicia.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">VII.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Presentación de la oferta técnica y económica:</h3>



<p>Quien desee participar y que cumpla con los requisitos mínimos:</p>



<ol class="wp-block-list" style="list-style-type:lower-alpha">
<li>Enviar papelería completa al correo electrónico: <strong>reclutamientociidh@gmail.com</strong>;</li>



<li>No se evaluarán solicitudes que no cumplan con todo lo dispuesto aquí anteriormente o que se reciban luego de la fecha de cierre de la convocatoria.</li>



<li>No se aceptarán documentos luego de la fecha de cierre de la convocatoria.</li>



<li>Dudas o consultas al correo electrónico: reclutamientociidh@gmail.com / 2220-2736</li>



<li><strong></strong><strong>La organización se guarda el derecho de notificar solamente a la (s) persona (s) seleccionada (s) para continuar el proceso de selección.</strong></li>
</ol>



<h3 class="wp-block-heading">VIII.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Duración de la consultoría:</h3>



<p>La presente consultoría tiene una duración de 60 días.</p>



<h3 class="wp-block-heading">IX.          Fecha límite para presentación de propuestas:</h3>



<p>La convocatoria se abre el día 22 de enero de 2024 y la (s) persona (s) interesada (s) y/o empresa tendrá como fecha límite para envió de propuesta de hasta el día 31 de enero de 2024 a las 11:59 am.</p>


<div class="gb-container gb-container-b136b64b">

<a class="gb-button gb-button-ad534559 gb-button-text" href="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2024/01/TDR-CONSULTORIA-No.-02-2024-Analisis-comparado-sobre-los-indicadores-relacionados-con-Justicia-Abierta.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Descargar TDR</a>

</div>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Indice de presupuesto abierto (OBI)</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/indice-de-presupuesto-abierto-obi/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 17 Sep 2022 04:05:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://ciidhguatemala.org/?p=618</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Indice de presupuesto abierto (OBI)" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/indice-de-presupuesto-abierto-obi/#more-618" aria-label="Leer más sobre Indice de presupuesto abierto (OBI)">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Guatemala brinda información presupuestaria pero limita la participación ciudadana. Ha mejorado la nota del Índice de Presupuesto Abierto  pasando de 61 puntos de la edición anterior a 64 puntos en la actual edición.</p>



<p>Lamentablemente en materia de participación ciudadana ha limitado los espacios y mecanismos formales para que la ciudadanía exprese su opinión sobre las principales decisiones que en materia de gasto público se han venido priorizando.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="811" height="1024" sizes="auto, (max-width: 811px) 100vw, 811px" src="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/09/ciidh_1663386544410-811x1024.jpg" alt="" class="wp-image-619" srcset="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/09/ciidh_1663386544410-811x1024.jpg 811w, https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/09/ciidh_1663386544410-238x300.jpg 238w, https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/09/ciidh_1663386544410-768x969.jpg 768w, https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/09/ciidh_1663386544410.jpg 1080w" /></figure>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Monitoreo al 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2018-2020</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/monitoreo-al-4to-plan-de-accion-nacional-de-gobierno-abierto-2018-2020/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jul 2022 04:13:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Informes]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://ciidhguatemala.org/?p=372</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Monitoreo al 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2018-2020" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/monitoreo-al-4to-plan-de-accion-nacional-de-gobierno-abierto-2018-2020/#more-372" aria-label="Leer más sobre Monitoreo al 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2018-2020">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Este Boletín No. 4, presenta los principales hallazgos obtenidos del ejercicio de monitoreo que el CiiDH ha realizado al 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto, en específico de los hitos y compromisos priorizados.</p>



<p>El corte realizado se dio al 31 de diciembre del 2020, comparando el grado de avance de cada uno desde el ejercicio realizado en agosto y que fue presentado en septiembre de 2019.</p>



<p>Este es un aporte del CiiDH para la iniciativa para el Gobierno Abierto en Guatemala, considerando que la participación de las Organizaciones de Sociedad Civil deben elaborar informes alternativos a los que realizan las instituciones de gobierno, Punto de Contacto y el Mecanismo de Revisión Independiente.</p>



<p>Para descargarlo, puede pulsar sobre descargar  abajo.</p>


<div class="gb-button-wrapper gb-button-wrapper-bff9113f">

<a class="gb-button gb-button-d1e1d3b5 gb-button-text" href="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/07/Boletin-4-CiiDH.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Descargar</a>

</div>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Informe de desempeño sobre la implementación del 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto desde las Organizaciones de Sociedad Civil: 2018 &#8211; 2019</title>
		<link>https://ciidhguatemala.org/informe-de-desempeno-sobre-la-implementacion-del-4to-plan-de-accion-nacional-de-gobierno-abierto-desde-las-organizaciones-de-sociedad-civil-2018-2019/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[CIIDH]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jul 2022 04:00:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CiiDH en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Informes]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://ciidhguatemala.org/?p=366</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Informe de desempeño sobre la implementación del 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto desde las Organizaciones de Sociedad Civil: 2018 &#8211; 2019" class="read-more button" href="https://ciidhguatemala.org/informe-de-desempeno-sobre-la-implementacion-del-4to-plan-de-accion-nacional-de-gobierno-abierto-desde-las-organizaciones-de-sociedad-civil-2018-2019/#more-366" aria-label="Leer más sobre Informe de desempeño sobre la implementación del 4to. Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto desde las Organizaciones de Sociedad Civil: 2018 &#8211; 2019">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p></p>



<p>El Proyecto Participación Cívica de USAID que implementa Counterpart International, como único cooperante internacional que ha brindado apoyo técnico y financiero a la Alianza para el Gobierno Abierto en Guatemala (AGA Guatemala) durante la implementación del 4to. Plan de Acción Nacional, identificó a 4 Organizaciones de la Sociedad Civil que se han mantenido involucradas en las diferentes instancias de dicha iniciativa, con el fin de facilitar un espacio de creación colaborativa de un instrumento que permitiera evaluar el desempeño de esta plataforma en Guatemala.</p>



<p><br>El CiiDH como parte de la Mesa Técnica y del Comité Técnico de Gobierno Abierto, vio una oportunidad de cooperar con otras instancias que desde la experiencia en la AGA Guatemala, se pudiera presentar un informe alternativo con vistas a sistematizar las buenas prácticas y a elaborar recomendaciones de forma colaborativa para en un momento que se está cerrando el 4to. Plan de Acción y se está a las puertas del proceso de co-creación para el 5to. Plan.<br></p>



<p>Para descargarlo, puede pulsar descargar abajo.</p>


<div class="gb-button-wrapper gb-button-wrapper-02f2850e">

<a class="gb-button gb-button-8e5b2f0d gb-button-text" href="https://ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2022/07/informe-desempeno-4to-pan-osc-edicion.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Descargar</a>

</div>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
